![]() |
![]() |
Tijuana, B.C., a 1 de Noviembre de 2006 |
|
|
Platica ofrecida a clientes y amigos acerca de: " Decreto para la Industria Manufacturera,Maquiladora y de Servicios de Impartida por : LIC. FRANCISCO MENDEZ MANUEL-GOMEZ Gracias por su asistencia, esperamos haya sido de utilidad.
Estimados Clientes y Amigos : Se publica en el Diario Oficial de la Federación : Se modifica el Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 1998 y sus reformas, para pasar a ser : Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación El cual tiene por objeto fomentar y otorgar facilidades a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación para realizar procesos industriales o de servicios a mercancías de exportación y para la prestación de servicios de exportación. Con este Decreto se abroga el Decreto PITEX, publicado el 3 de mayo de 1990 en el Diario Oficial de la Federación. Las personas morales que cuenten con autorización de un PITEX, cuentan según el nuevo Decreto con una autorización de Programa en la modalidad de Industrial. La Secretaría asignará un número de Programa a las personas morales que, antes de la publicación del presente Decreto, contaran con un programa de Maquila o PITEX, y los dará a conocer junto con su fecha de entrada en vigor, mediante publicación en su página de Internet www.economia.gob.mx y Diario Oficial de la Federación, así como los domicilios registrados bajo el mismo, sin tener que realizar algún trámite, siempre y cuando cumplan con tener : Certificado de firma electrónica avanzada del SAT, Registro Federal de Contribuyentes activo y Que su domicilio fiscal y los domicilios en los que realice sus operaciones al amparo del Programa, estén inscritos y activos en el Registro Federal de Contribuyentes. En tanto la Secretaría de Economía asigna el nuevo número de Programa, se podrá seguir utilizando el número de Programa con el que se contaba anteriormente, estos últimos quedarán sin efectos el 1-Jul-07. El presente Decreto entrará en vigor el 13 de noviembre de 2006. Podrá consultar el Decreto completo en www.hodoyan-navarro.com.mx en el apartado de Boletínes o contactándonos al departamento de Estudios Aduaneros a través de nuestro correo electrónico estudiosaduaneros@hodoyan-navarro.com.mx |
|||